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FAQS

Hemos preparado esta sección para resolver todas las preguntas frente a quienes somos, qué hacemos, cómo son los procesos EB3- Otros trabajadores, cuáles son las empresas que tienen vacantes en EEUU, cómo puedo aplicar, etc.

Acerca de MCC USA

Trabajamos con firmas de Abogados Migratorios expertos en PERM, entre ellos se encuentran: DelaFuente Law Group, The office of David Yukorsky y Ruby Law Group.

MCC USA es una empresa de reclutamiento privada, por ende no tiene un ente regulador. Por su parte, los Abogados Migratorios, que son quienes se encargan del proceso legal, sí son regulados por el BAR ASSOCIATION de los Estados Unidos.

MCC USA es una compañía privada y sus propietarios son: Manuel Lievano, actual CEO y Juliana Mejía, actual VP de Relaciones Corporativas. Juliana Mejía, además es Consultora Migratoria certificada por ICCRC, para procesos migratorios de Canadá.

Usando cualquier herramienta de busqueda como Google, puedes escribir »MCC USA» y vas a encontrar articulos en prensa, webinars con medios importantes, videos de nuestros clientes en YouTube, testimonios de nuestros casos de éxito, reviews, nuestra cuenta de LinkedIn, Facebook, Instagram y YouTube, con mucho contenido relevante para que puedas hacer tu propia investigación.

Desde 2020, MCC USA decidió volver su operación 100% remota. Si bien tenemos una oficina en Miami y en Bogotá, normalmente no asistimos todos los días, por eso debes agendar una cita con uno de nuestros consultores senior para que te guie en el proceso y puedas conocer nuestros espacios físicamente.

Es clave tener en cuenta que el PATROCINADOR del proceso no es MCC USA. Nosotros como empresa actuamos como RECLUTADOR, si nuestra compañía llegase a dejar de operar, el proceso de patrocinio se mantiene intacto; ya que el dueño de este proceso es el PATROCINADOR, y la firma de abogados que lleva el proceso legal es una empresa tercera.

Antes de iniciar el proceso EB-3

Si ya te encuentras en los Estados Unidos, puedes aplicar siempre y cuando te asegures de que puedes mantener un estatus legal durante el tiempo que tome el programa EB-3. Si por alguna razón tu estatus legal no se puede mantener y tienes que regresar a tu país, puedes continuar con el proceso EB-3 para ser finalizado fuera de los Estados Unidos como proceso consular.

Si tienes una Visa J-1 puedes aplicar a EB-3, debes asegurarte de mantener la vigencia de la visa J1 durante el proceso y en caso de que no sea posible puedes finalizar el proceso en tu país de origen o un país fuera de los Estados Unidos como proceso consultar.

Sí, puedes aplicar a un proceso EB3, sí cumples estas dos condiciones; No dejaste vencer tu I-94 antes de pedir el asilo y no has sido llamado a corte.

Recomendamos que las personas no salgan de los Estados Unidos al iniciar la fase 2 del proceso EB-3, esto es una vez radicado el I-140. Los motivos para esa recomendación es evitar riesgos al reingresar a los Estados Unidos con visa de turista cuando ya se ha radicado una intención de inmigrar a los Estados Unidos.

Para trabajar en los Estados Unidos debes contar con una autorización explícita para ello, trabajar de manera ilegal y recibir un pago por desarrollar dicho trabajo puede constituir una inadmisibilidad que debes tener presente antes de tomar la decisión de aplicar a un proceso EB3.

Si lo puedes iniciar, lo que no puedes hacer es permanecer en Estados Unidos más de los 6 meses que te autoriza la visa de turista, Haber iniciado EB-3, NO TE DA UN ESTATUS PENDIENTE PARA VIVIR EN ESTADOS UNIDOS MIENTRAS SE COMPLETA TU PROCESO, así que si únicamente cuentas con una visa de turista, debes regresar a tu pais y esperar que el proceso se complete desde allí, una vez finalizado, te conviertes en residente permanente y puedes ingresar y salir cuando quieras.

Podrías hacer un cambio a visa de estudiante, por nombrar un ejemplo, pero, no te brindamos ese servicio, lo debes buscar aparte. Una vez ya esté en tramite tu visa de estudiante, puedes ponerte de nuevo en contacto con nosotros y en ese momento sí te podemos ayudar a iniciar el proceso de EB3 como un ajuste de estatus desde el estatus de estudiante o cualquier otro que te permita vivir legalmente en Estados Unidos durante todo el tiempo del proceso EB3. Si por alguna razón no puedes seguir manteniendo tu estatus antes de que se complete EB3, debes salir de Estados Unidos y tu proceso sigue su curso normal, solo tendrías que esperar que se complete viviendo en tu pais de origen por ejemplo.

Al llegar a los Estados Unidos después
de completar el proceso EB-3

Facilitamos tu proceso de localización entregándote información previa, desarrollando webinars informativos y poniéndote en contacto con personas y empresas externas que pueden ayudarte en todo el proceso de búsqueda de vivienda, colegios, transporte, bancos y que conozcas información clave para vivir en los Estados Unidos.

Cuando te encuentres en los Estados Unidos y sujeto a que cumplas el compromiso de trabajo que tienes con tu patrocinador, podrás viajar fuera de los Estados Unidos siempre y cuando la duración fuera no exceda los 180 días.

Si llegas a un acuerdo con tu Patrocinador y el trabajo te lo permite, es posible que puedas desarrollar otro tipo de actividades laborales.

El primer ingreso a los Estados Unidos, una vez aprobada la visa EB-3, debe ser con el aplicante y todo el núcleo familiar vinculado al proceso. Esto con el fin de radicar los papeles ante inmigración, e iniciar el proceso de generación de la Green Card y SSN (Social Security Number).

El Patrocinador puede tomar la decisión de revocar tu visa. Por eso es muy importante cumplir con el compromiso moral de trabajar por uno o más años, dependiente del compromiso con tu Patrocinador, y evitar situaciones que a futuro puedan poner en riesgo tu estatus de residente o incluso la aplicación a la ciudadanía, más adelante.

El proceso de viaje para mascotas, es completamente externo a MCC USA, y no hace parte del proceso de visa EB-3.