Inadmisibilidad

¿Quiénes no pueden aplicar al programa Visa EB-3?

La ley estipula que las personas consideradas inadmisibles no pueden entrar
ni permanecer en los Estados Unidos. Y las causales de inadmisibilidad incluyen:

La inadmisibilidad por razones de salud cubre diversas situaciones. En general son:

  1. Personas con una enfermedad contagiosa de relevancia para la salud pública. El gobierno determina las enfermedades en esta categoría. Los siguientes trastornos están considerados como enfermedades contagiosas de relevancia para la salud pública: chancro blando; gonorrea; granuloma inguinal; lepra infecciosa; linfogranuloma venéreo; sífilis infecciosa; y tuberculosis activa.

  2. Personas que buscan estatus de inmigrante y no han recibido las vacunas necesarias contra enfermedades prevenibles mediante vacunación. La ley considera que una persona es considerada inadmisible si no presenta pruebas de haber sido vacunada contra enfermedades prevenibles mediante vacunación. La ley exige de manera específica ciertas vacunas; además, la ley otorga al Departamento de Salud y Servicios Sociales, Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC), Comité Asesor de Prácticas de Inmunización, la autoridad para exigir vacunas adicionales. La lista de vacunas actualmente exigidas puede consultarse en las Instrucciones Técnicas para Vacunación de los CDC en su sitio web: http://www.cdc.gov/immigrantrefugeehealth/exams/ti/civil/vaccination-civil-technical-instructions.html.

  3. Personas que padecen o han padecido de algún trastorno físico o mental asociado a comportamientos peligrosos o comportamientos
    peligrosos con probabilidad de repetirse. Se considera peligroso todo comportamiento que ha representado o representa una amenaza
    a otras personas o a los bienes. La ley no estipula ejemplos específicos de ningún trastorno. Se considera inadmisible a aquella persona con un trastorno físico o mental cuyo comportamiento asociado pueda representar (o haya representado o tenga probabilidad de repetirse) una amenaza a los bienes, la seguridad o el bienestar de dicha persona o de otras personas. En los Estados Unidos un médico de migración debe realizar la evaluación conforme a lo estipulado en las Instrucciones Técnicas para Médicos de Migración sobre Trastornos Físicos o Mentales con Comportamientos Peligrosos Asociados y Trastornos Relacionados con Sustancias que se encuentran en el sitio de los CDC y accesibles mediante el enlace: (http://www.cdc.gov/immigrantrefugeehealth/exams/ti/civil/mental-civil-technical-instructions.html). Tome en cuenta que el trastorno físico o mental por sí solo (sin comportamiento peligroso asociado) no constituye un criterio de inadmisibilidad.

  4. Personas con consumo excesivo o adicción a las drogas. El consumo excesivo de drogas (sustancias) o adicción (médicamente denominada dependencia) a cualquiera de las sustancias incluidas en la Sección 202 de la Ley de Sustancias Controladas puede causar inadmisibilidad. Un médico de migración debe evaluar si la persona consume excesivamente drogas o es adicta a ellas. Además, se necesita una nueva evaluación por parte de un médico de migración a fin de determinar si el consumo excesivo o la adicción de la persona se encuentran en remisión, factor importante para considerar su admisibilidad. Un médico de migración debe realizar la evaluación conforme a lo estipulado en las Instrucciones Técnicas para Médicos de Migración sobre Trastornos Físicos o Mentales con Comportamientos Peligrosos Asociados y Trastornos Relacionados con Sustancias que se encuentran en el sitio de los CDC y accesibles mediante el enlace: (http://www.cdc.gov/immigrantrefugeehealth/exams/ti/civil/mental-civil-technical-instructions.html)
  1. Delitos de "vileza moral". El concepto de vileza moral no está definido por la ley federal. Sin embargo, los tribunales estadounidenses lo definen de manera general como un acto esencialmente bajo, vil o depravado, y contrario a las reglas convencionales de moralidad y las obligaciones entre personas o hacia la sociedad en general. Debido a las complicaciones del significado del concepto y las diversas leyes que han de consultarse para determinar si una persona ha incurrido en un delito de vileza moral, se recomienda a toda persona a quien esta sección pudiera afectar que consulte a un abogado con experiencia en asuntos migratorios.
  2. Violación de cualquier ley sobre sustancias controladas. Cualquier violación de cualquier ley, extranjera o nacional, relacionada con drogas ilegales puede causar inadmisibilidad.
  3. Múltiples condenas penales. Toda persona condenada por dos o más delitos es considerada inadmisible si fue sentenciada a cinco o más años de prisión en total (contando las sentencias de forma agregada). Este criterio se aplica independientemente de que los delitos implicaran vileza moral o de que las múltiples condenas sean producto de un solo juicio o esquema delincuencial.
  4. Narcotráfico. Si un oficial de migración "sabe o tiene motivos para creer" que una persona ha participado en el tráfico de sustancias controladas, dicha persona será considerada inadmisible en los Estados Unidos. Esto incluye a quienes ayuden, instiguen, conspiren o se confabulen con otras personas en el tráfico ilegal de drogas.
  5. Prostitución. Toda persona que pretenda ir a los Estados Unidos para participar en actividades de prostitución o toda persona que haya participado en actividades de prostitución en los diez años previos a su solicitud de visa, ajuste de estatus o ingreso a los Estados Unidos será considerada inadmisible. Esta sección también es aplicable a quienes hayan obtenido ganancias de actos de prostitución.
  6. Lenocinio. Toda persona que pretenda ir a los Estados Unidos para participar en actividades ilegales de lenocinio será considerada inadmisible.
  7. La comisión de un delito grave en los Estados Unidos en el que una persona haya hecho valer inmunidad procesal. Toda persona que haya cometido un delito grave y haya recibido inmunidad procesal es considerada inadmisible si sale de los Estados Unidos y no regresa para entregarse a la jurisdicción del tribunal federal a cargo del proceso penal.
  8. Violaciones a la libertad de culto. Toda persona que, en servicio como funcionario de un gobierno extranjero, haya violado directamente o haya sido responsable de graves violaciones a la libertad de culto será considerada inadmisible.
  9. Trata de personas. Toda persona que incurra en trata de personas o conspire para la trata de personas o ayude, instigue o se confabule con un traficante de personas dentro o fuera de los Estados Unidos será considerada inadmisible.
  10. Lavado de dinero. Toda persona que participe, convoque a participar o busque entrar a los Estados Unidos para participar en delitos relacionados con el lavado de instrumentos financieros será considerada inadmisible.

Los siguientes casos constituyen causales de inadmisibilidad por seguridad nacional:

  1. Toda persona de quien un oficial consular del Departamento de Estado, oficial de migración del DHS o juez de migración del DOJ sepa o tenga fundamentos razonables para creer que, como no ciudadano, busca entrar a los Estados Unidos para participar en espionaje o sabotaje, o intentar derrocar al gobierno estadounidense o participar en cualquier actividad ilegal será considerada inadmisible.
  2. Toda persona de quien un oficial consular del Departamento de Estado, oficial de migración del DHS o juez de migración del DOJ sepa o tenga fundamentos razonables para creer que, como no ciudadano, ha participado en cualquier actividad terrorista o tiene cualquier vínculo con organizaciones, gobiernos o personas terroristas será considerada inadmisible.
  3. Toda persona de quien un oficial consular del Departamento de Estado, oficial de migración del DHS o juez de migración del DOJ sepa o tenga fundamentos razonables para creer que representa una amenaza a la política exterior o es miembro de un partido totalitario puede ser considerada inadmisible.
  4. Toda persona que haya participado en persecuciones nazis o genocidio será considerada inadmisible.

Será considerada inadmisible la persona con probabilidades de convertirse en una carga pública. Por carga pública se entiende aquella persona fundamentalmente dependiente del gobierno para su subsistencia. El análisis de diversos factores determina el que una persona tenga o no probabilidades de convertirse en una carga pública. Los factores mínimos a considerar son salud, situación familiar, edad, activos, historial laboral y educación. Si después de considerar todas las circunstancias de la persona el oficial determina que tiene probabilidades de convertirse fundamentalmente dependiente del gobierno para su subsistencia, dicha persona será considerada inadmisible como carga pública.

Este criterio determina la inadmisibilidad de ciertas personas que buscan entrar permanentemente (como inmigrantes) a los Estados Unidos y trabajar, a menos que la Secretaría del Trabajo certifique que:

  1. Emplear a esa persona no afectará los sueldos ni las condiciones laborales de trabajadores estadounidenses en empleos similares; y
  2. No hay suficientes trabajadores estadounidenses dispuestos, calificados y capaces de realizar el mismo trabajo.
  1. Personas a quienes se les ha prohibido volver a los Estados Unidos por haber permanecido en el país más de 180 días en una sola estancia y después hayan dejado los Estados Unidos.
  2. Personas a quienes se les ha prohibido volver a los Estados Unidos por que fueron removidas (o excluidas o deportadas) de los Estados Unidos o salieron de los Estados Unidos por su propia voluntad mientras estaba pendiente una orden de remoción definitiva.
  3. Personas que permanecieron ilegalmente en los Estados Unidos por un total de un año (ya sea en una sola o en varias estancias) Y después, ilegalmente (sin inspección y admisión o inspección y dado permiso condicional) volvieron a entrar a los Estados Unidos.
  1. Personas a quienes se les ha prohibido volver a los Estados Unidos por haber permanecido en el país más de 180 días en una sola estancia y después hayan dejado los Estados Unidos.
  2. Personas a quienes se les ha prohibido volver a los Estados Unidos por que fueron removidas (o excluidas o deportadas) de los Estados Unidos o salieron de los Estados Unidos por su propia voluntad mientras estaba pendiente una orden de remoción definitiva.
  3. Personas que permanecieron ilegalmente en los Estados Unidos por un total de un año (ya sea en una sola o en varias estancias) Y después, ilegalmente (sin inspección y admisión o inspección y dado permiso condicional) volvieron a entrar a los Estados Unidos.

Los siguientes factores también constituyen inadmisibilidad:

  1. Personas que entraron ilegalmente al país (sin inspección y admisión o sin permiso condicional)
  2. Personas que no asistieron a audiencias de inmigración y/o remoción
  3. Contrabandistas
  4. Personas que hayan violado las condiciones de visa de estudiante
  5. Ex ciudadanos estadounidenses que renunciaron a la ciudadanía con fines de evasión fiscal
  6. Polígamos practicantes
  7. Votantes ilegales
  8. Secuestradores internacionales de menores y familiares de dichos secuestradores

He visto el video completo y entiendo qué es MCC y que hace.

No

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